La Tesorería de la Seguridad Social (TSS), en cumplimiento a la Resolución 377-02, del Consejo Nacional de la Seguridad Social y al Decreto 96-16, informa a todos los empleadores públicos y privados que a partir del tres (3) de octubre del año en curso, podrán ser registrados en el SUIR de la TSS los trabajadores extranjeros que no posean Cédulas de Identidad y electoral que se encuentren en condición migratoria regular, utilizando uno de los...
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\n- \n
- El documento definitivo emitido por el Gobierno Dominicano a través del Ministerio de Interior y Policía (MIyP0) \n
- El Carné expedido por la Dirección General de Migración que acredita el estatus migratorio de extranjero. \n
- El Pasaporte con visado de trabajo vigente. \n
Pasos para el registro:
\n- \n
- El representante del empleador deberá acceder al SUIR y buscar la opción ‘’Solicitud asignación NSS” para realizar la solicitud de asignación del Número de Seguridad Social (NSS) a cada trabajador extranjero. \n
- Digitar los datos generales de los trabajadores extranjeros. \n
- Cargar los documentos de forma individual en un archivo electrónico de un máximo de 600 kilobytes en formato PDF multi-página de la siguiente manera: \n
- \n
- Para los extranjeros con el documento definitivo emitido por el MIyP: Copia escaneada de la página de identidad de pasaporte vigente y copia escaneada del documento expedido por el Ministerio de Interior y Policía que indica la regularización migratoria del trabajador. (un archivo PDF de dos páginas). \n
- Para los extranjeros con carné expedido por la Dirección General de Migración: Copia escaneada del carné de migración vigente. (un archivo PDF de una página). \n
- Para los extranjeros con visa de trabajo: Copia escaneada de la página de identidad de pasaporte vigente y copia escaneada del estampado de la visa de trabajo vigente. (un archivo PDF de dos páginas). \n
Una vez la solicitud haya sido digitada y el archivo PDF esté escaneado y cargado en el SUIR, la TSS procederá a realizar una evaluación visual y si procede, emitirá al ciudadano extranjero su NSS y un número identificador con el cual el empleador deberá realizar el registro SUIR para fines de pago de las contribuciones y aportes de la Seguridad Social. Con ese mismo número identificador y utilizando una certificación que el empleador deberá imprimir y entregarle, el ciudadano extranjero deberá formalizar su afiliación ante la AFP y la ARS de su preferencia.
\nLas afiliaciones al Seguro Familiar de Salud de los dependientes directos del ciudadano extranjero dotado de su NSS y su número identificador emitidos por la TSS, deberán ser solicitadas por el trabajador extranjero directamente ante la ARS de su preferencia atendiendo a las disposiciones que para tales fines indique la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales.
\n\n
Para información adicional puede contactarnos por las siguientes vías:
\nCentro de Servicios y Auditorías: Tiradentes 44, Local 1-D, Primer Nivel, Plaza Naco.
\nCentro de llamadas Tel.:809-472-6363
\nChat en Línea en nuestra Página Web www.tss.gov.do
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